Información General.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46, párrafo segundo de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH), la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SESAECH), tiene como responsabilidad la administración del Sistema Electrónico Estatal de Chiapas (SEE).
Asimismo, de conformidad con los artículos 47, fracción V y 52 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH), el Sistema 5 (S5): Sistema de Denuncias Públicas de Faltas Administrativas y Hechos de Corrupción será establecido de acuerdo a lo que determine el Comité Coordinador y será implementado por las autoridades competentes.
Para lograrlo, el Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SAECH) establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad del Sistema Electrónico Estatal de Chiapas (SEE), promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas electrónicos por parte de los usuarios.
¿Qué información se presentará?
- Ventanilla única en la que la ciudadanía puedan denunciar actos de corrupción y faltas administrativas.
- Promoción a la anonimidad de los denunciantes.
- Simplificación de la presentación, trámite y seguimiento a los denunciantes.
¿Cómo se presentará esta información?
La información correspondiente al Sistema 5 (S5): Sistema de Denuncias Públicas de Faltas Administrativas y Hechos de Corrupción deberá presentarse en formato de datos abiertos en cumplimiento al artículo 48 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH).





