Información General.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH), la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SESAECH), tiene como responsabilidad la administración del Sistema Electrónico Estatal de Chiapas (SEE).
Asimismo, de conformidad con el artículo 49 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH), el Sistema 2 (S2): Sistema de los Servidores Públicos que intervengan en Procedimientos de Contrataciones Públicas operará en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas (LRAECH) y demás disposiciones legales aplicables.
Para lograrlo, el Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SAECH) establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad del Sistema Electrónico Estatal de Chiapas (SEE), promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas electrónicos por parte de los usuarios.
¿Qué información se presentará?
- Integra el registro de servidores públicos que intervienen en procedimientos de contrataciones públicas, el otorgamiento de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones, así como en la enajenación de bienes muebles de la administración pública estatal y municipal y en la asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación de rentas.
- La trayectoria laboral de las y los funcionarios.
- Consulta los datos del servidor público como: nombre, puesto, institución.
¿Cómo se presentará esta información?
La información correspondiente al Sistema 2 (S2): Sistema de los Servidores Públicos que intervengan en Procedimientos de Contrataciones Públicas deberá presentarse en formato de datos abiertos en cumplimiento al artículo 48 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH).