Información General.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH), la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SESAECH), tiene como responsabilidad la administración del Sistema Electrónico Estatal de Chiapas (SEE).
Asimismo, de conformidad con el artículo 49 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH), el Sistema 1 (S1): Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal operará en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas (LRAECH) y demás disposiciones legales aplicables.
Para lograrlo, el Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SAECH) establecerá las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad del Sistema Electrónico Estatal de Chiapas (SEE), promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas electrónicos por parte de los usuarios.
¿Qué información se presentará?
- La evolución patrimonial de las y los funcionarios.
- La trayectoria laboral de las y los funcionarios.
- Sus declaraciones sobre posibles conflictos de interés.
¿Cómo se presentará esta información?
La información correspondiente al Sistema 1 (S1): Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal deberá presentarse en formato de datos abiertos en cumplimiento al artículo 48 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (LSAECH).